¿Qué es el Trámite Cero?
Es un nuevo procedimiento del Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente para autorizar actividades productivas de bajo riesgo sanitario y ambiental. Consiste en la entrega en una hora promedio de la autorización sanitaria, informe sanitario o certificado de destinación aduanera para alimentos (ver listado de actividades).
¿Qué debo hacer para acceder al Trámite Cero?
Primero debe informarse de los alcances de este proyecto piloto para saber si la actividad que está pensando instalar está incluida en la lista del Trámite Cero.
¿Qué requisitos debo cumplir para obtener mi autorización?
Debe cumplir con las exigencias que establecen las distintas normas sanitarias, según las características de la actividad. Los requisitos los podrá consultar en el Sesma pidiendo el formulario Declaración de Cumplimiento de Requisitos Sanitarios, que es su compromiso de autoevaluación, y del cual se desprende lo que usted se compromete a cumplir.
¿Cómo opera el proyecto Trámite Cero?
En la Oficina de Atención al Usuario del Sesma (Avenida Bulnes 194) podrá indagar si la actividad que usted quiere instalar está incluida entre las que se consideran de bajo riesgo sanitario y ambiental. Luego debe completar el formulario Declaración de Cumplimiento de Requisitos Sanitarios, pagar el arancel correspondiente, y esperar que le entreguen su autorización para funcionar. El Sesma se compromete en que todo el procedimiento durará una hora desde el momento en que Ud. paga el arancel. Posteriormente, la Resolución que le entreguemos debe presentarla en la municipalidad en que instalará su microempresa para la obtención de la patente municipal.
¿Cómo sabe el Sesma si cumplo con las exigencias sanitarias y ambientales?
Confiamos en que usted sí va a cumplir con su compromiso antes de comenzar a funcionar. Ese es el cambio que estamos implementando. Por lo mismo, según el nivel riesgo de la actividad, nuestros fiscalizadores lo visitarán oportunamente para reforzar ese compromiso.
¿Si no cumplo, el Sesma me puede multar?
Sí, si al declarar los datos entregados son inexactos. Esa es una facultad que nos entrega el Código Sanitario, la que puede llegar hasta la clausura del local si constituye un riesgo para salud de la población.