INSTRUCTIVO PARA LA AUTORIZACIÓN DE USO Y DISPOSICIÓN DE PRODUCTOS IMPORTADOS

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NORMA LEGAL

Los alimentos y sustancias tóxicas o peligrosas para la salud a los que se dará autorización de uso y disposición en el país, deben cumplir con las normas establecidas en la ley 18.164. Los alimentos además, deben cumplir con los requisitos de calidad y rotulación que determina el Reglamento Sanitario de los Alimentos y el Reglamento de Rotulación de Productos Alimenticios Envasados.

m Será competente para conocer y resolver las solicitudes de autorización de uso y disposición de productos importados, previa inspección y análisis, según corresponda, el Servicio de Salud, en cuya jurisdicción territorial se encuentre ubicada la bodega donde se almacenen los productos.

m Los envases que contengan sustancias tóxicas o peligrosas para la salud y/o radiactivos, deberán estar claramente identificados y rotulados en español de acuerdo a la NCH 2190 of. 93 y NCH 382 of. 89, y para el transporte se deberá cumplir con lo establecido en el Reglamento de Transportes de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos, aprobado por Decreto Supremo 298/95, del Ministerio de Transportes.

PROCEDIMIENTO PARA FORMALIZAR LA LIBERACIÓN DE PRODUCTOS.

Paso.-1.

Certificado de Destinación Aduanera (CDA): Consiste en una Resolución emitida por el Servicio de Salud, correspondiente al lugar en que se encuentra ubicada la Aduana por la cual se ingresaron los productos , en la que se autoriza el traslado de las mercaderías de la aduana a la bodega donde serán almacenados los productos. Dicho (CDA) debe indicar la dirección de la bodega, debidamente autorizada, ruta y condiciones de traslado de las mercaderías.

Paso.-2

Autorización de uso y disposición: Consiste en una Resolución emitida por el Servicio de Salud correspondiente al lugar donde se encuentra ubicada la bodega que almacena las mercaderías , instrumento en virtud del cual se autoriza al importador el uso, venta, consumo, cesión y disposición de los productos importados. Previo a tal autorización el Servicio de Salud inspeccionará y/o someterá a análisis de laboratorio dichos productos para comprobar que cumplan con la normativa sanitaria vigente

. TRÁMITE PARA LA AUTORIZACION DE USO Y DISPOSICION DE PRODUCTOS IMPORTADOS.

m Presentar en dos copias la Solicitud para la Autorización de uso y disposición de productos importados en la Oficina de Atención al Usuarios del  SESMA ubicada en Paseo Bulnes 194, horario

de atención de 830 a 15 hrs., acompañada de los siguientes documentos.:

 

Productos Químicos Peligrosos y/o Radiactivos

Productos Alimenticios

    m Certificado Destinación Aduanera

m Guía de despacho o factura .

    m Hoja de seguridad (sólo si la destinación fue tramitada en otro Servicio de Salud).

    m La acreditación de la Resolución o Informe Sanitario de la Actividad (bodega o fabrica) en un giro compatible con los productos que interna.

    m Certificado de Destinación Aduanera

    m Guía de despacho o factura.

    m Certificado Sanitario del país de origen (Sanitary Health Certifícate). y/o Certificado de libre venta en todo el territorio del país de origen ( Free Sale Certifícate ).

Para facilitar este trámite  en el caso de productos alimenticios elaborados y procesados se recomienda adjuntar una breve memoria descriptiva y certificado oficial de análisis sobre calidad microbiológica y químico bromatológica o físico químico del producto.

m . Sin perjuicio de lo anterior, el SESMA podrá solicitar otros antecedentes complementarios cuando así se requiera.

m Esta solicitud de autorización de uso y disposición de productos importados, devengará un arancel que se pagará en la Oficina de Atención al Usuario , ubicada en Paseo Bulnes Nº 194, Santiago.

m No se devolverá el pago del arancel aun cuando la solicitud sea rechazada, conforme a Resolución 1949/93 del Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente.

LLENADO DEL FORMULARIO DE SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE USO Y DISPOSICION DE PRODUCTOS IMPORTADOS.

m Para no entorpecer la recepción de la solicitud, todos los datos requeridos en ella deben ser registrados en forma clara y fidedigna.

m Cada uno de los productos   que solicita  autorización de uso y disposición, si corresponde , deben individualizar la siguiente información:

Código : En el caso de sustancias químicas registrar el respectivo código de Naciones Unidas (NU). Para productos alimenticios ( productos terminados, aditivos, materias primas ), registrar código SESMA, cuyo listado esta a disposición en la Oficina de Atención de Usuarios.

Nombre Comercial : Denominación con la cual se comercializa el producto o su nombre de fantasía.

Naturaleza : Uso o función que se le dará al producto. Ej.: Preservante, herbicida

Nombre Químico o Nombre del Producto :Principio activo(cuando corresponda, Ej. : Productos Químicos) o producto terminado( cuando corresponda, Ej. Productos Alimenticios).

Marca: Identificación o sello registro del proveedor o fabricante.

Presentación : Detalle de embalaje, envase, volumen y/o peso de cada producto. Ej.:

Cantidad (KN): Indicar la cantidad del producto en kilos Netos.

En el caso de autorizaciones de uso y disposición con gran número de productos importados, estos se pueden individualizar también en el reverso de la solicitud y si aun falta espacio deberá llenarse el formulario complementario "Identificación de Productos" , el cual puede ser solicitado en la Oficina de Atención de Usuarios del SESMA.

m El nombre y el RUT del representante legal deben corresponder a los datos del representante legal de la empresa importadora y no, a los datos del agente de aduana que atiende a dicha empresa.

RECUERDE:

+ La autorización de uso y disposición de productos importados ,debe contar previamente con el Certificado de Destinación Aduanera otorgado por el Servicio de Salud respectivo.

+ El gasto que irrogue la toma de muestra y su respectivo análisis, deberá ser cancelado en la Oficina de Atención al Usuario del SESMA , a las 72 hrs. después de haber sido tomadas . Para efectos de agilizar la tramitación de la solicitud, se sugiere hacer referencia al número de ella al momento de efectuar el pago antes mencionado. Se requiere además   presentar la documentación dejada por el profesional del SESMA en la inspección.

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