ROL DEL SESMA EN EL ÁMBITO DE LA CONTAMINACIÓN ACÚSTICA El rol del Servicio de Salud del Ambiente en el tema de la Contaminación Acústica se traduce básdicamente en dos ámbitos: fiscalización y control y normativo.
Ambito de Fiscalización y Control:
Ambito Normativo:
OTRAS COMPETENCIAS RESPECTO A LAS DENUNCIAS DE RUIDO El SESMA no es el único ente fiscalizador a la hora de atender las denuncias por ruidos molestos generados hacia la comunidad. El ruido no solo se puede asociar a las actividades industriales, comerciales y recreacionales, sino que también se relaciona con las actividades humanas, ya que el hombre solo por existir genera ruido. Debido a esto, el ente que fiscalice la molestia, depende de la naturaleza de la fuente generadora de ruido, considerando además que las actividades humanas son más esporádicas a diferencia de las industriales que tienden a perdurar en el tiempo. Los entes fiscalizadores son Carabineros de Chile, Inspectores Municipales y el SESMA. Los primeros se encargan más de las denuncias relacionadas a problemas entre vecinos, ejemplo: ruido o música proveniente de casa colindante. El segundo atiende principalmente las denuncias relacionadas con actividades industriales. Inicio / Información / Rol del SESMA / Legislación / Denuncias / Ruido en la Región Metropolitana / SEIA / Unidad de Monitoreo de Ruido Urbano / Sitios de Interés
|